No apto en el psicotécnico: qué hacer
Recibir un informe de no aptitud en el Centro de Reconocimiento de Conductores no implica perder el carnet de inmediato en todos los casos, pero sí bloquea la renovación o la obtención del permiso hasta que superes el impedimento o ganes un recurso. La clave está en entender el tipo de no aptitud, los plazos legales y qué trámites puedes iniciar.
Los cuatro resultados posibles
Antes de actuar conviene identificar con precisión qué te han dicho, porque cada resultado abre una vía distinta:
- Apto con restricciones. No es un rechazo: puedes conducir, pero con condiciones anotadas en el permiso mediante códigos (corrección visual, vehículo adaptado, limitaciones de horario o de radio de acción) o con una vigencia más corta y revisiones más frecuentes. Es, de hecho, el desenlace más habitual cuando existe alguna limitación.
- Interrumpido. El médico no puede decidir con la información disponible y necesita informes de un especialista. El expediente queda en pausa, no denegado, y se reanuda cuando aportas la documentación.
- No apto temporal. Existe una causa que impide conducir ahora pero que puede revertirse: una intervención reciente, un tratamiento sin ajustar, una descompensación puntual. Suele fijarse una revisión a los tres o seis meses.
- No apto definitivo. Se aprecia una limitación incompatible con la conducción segura de forma estable. Incluso así admite revisión posterior si la situación clínica cambia.
El resultado queda reflejado en el informe de aptitud psicofísica, que el centro envía telemáticamente a la DGT en el mismo acto del reconocimiento. Si es negativo, la renovación queda bloqueada: no llegarás siquiera a pagar la tasa 4.3.
Qué ocurre con tu carnet actual
Un informe desfavorable no te retira el permiso que ya tienes mientras siga en vigor: lo que hace es impedir la renovación o la obtención. La diferencia importa mucho en la práctica. Si tu carnet caduca en cuatro meses, conservas la capacidad de conducir durante ese tiempo y dispones de margen para reunir informes o pedir una segunda valoración. Si ya estaba caducado cuando acudiste al centro, en cambio, no puedes ponerte al volante hasta resolver la situación.
Tampoco es una sanción: no descuenta puntos ni figura como infracción en tu historial. Es una valoración médica dentro de un procedimiento administrativo.
Las tres vías de actuación
Están ordenadas de menor a mayor complejidad, y lo razonable es agotarlas en ese orden.
- Segunda valoración en otro centro autorizado. Puedes acudir a cualquier otro CRC y repetir el reconocimiento. Tiene sentido si sospechas un error de medición, si el resultado dependió de un factor puntual (tensión alta por nervios, cansancio, una graduación desactualizada) o si has corregido el problema detectado. Si la causa es una condición médica objetiva, el resultado será el mismo.
- Aportar informes de tu especialista. Es la vía más eficaz cuando existe una patología diagnosticada pero controlada. Un informe actualizado de tu oftalmólogo, neurólogo, endocrino o cardiólogo que acredite estabilidad y buen control del tratamiento puede convertir un no apto en un apto con restricciones.
- Recurso de alzada. Frente a la resolución de la DGT que deniega la renovación puedes interponer recurso de alzada ante la Jefatura Provincial de Tráfico, dirigido al Director General de Tráfico. El plazo es de un mes desde el día siguiente a la notificación, conforme al artículo 122 de la Ley 39/2015. Conviene acompañarlo de toda la documentación médica que sostenga tu aptitud. Si se desestima, queda abierta la vía contencioso-administrativa.
Qué hacer paso a paso
- Pide copia del informe y que te expliquen el motivo exacto y el apartado del Anexo IV en que se apoya. Sin saber la causa concreta no puedes rebatirla.
- Anota si es temporal o definitivo y qué fecha de revisión te han indicado.
- Consulta con tu especialista si existe tratamiento, cirugía o prueba complementaria que pueda modificar la valoración.
- Reúne los informes médicos antes de volver a intentarlo: llegar con documentación es lo que más cambia el resultado.
- Practica las pruebas del polirreactígrafo si el motivo fue una ejecución deficiente en coordinación o anticipación. Los nervios del primer contacto con el aparato explican bastantes resultados malos.
- Respeta el plazo de un mes si vas a recurrir: pasado ese tiempo la resolución gana firmeza en vía administrativa.
- No conduzcas si tu permiso ha perdido vigencia. Es la decisión con más consecuencias de toda la lista.
Causas frecuentes y si tienen solución
La agudeza visual insuficiente es la causa número uno, y muchas veces se resuelve simplemente actualizando la graduación de las gafas o mediante cirugía: revisa los requisitos de visión exigidos. El campo visual reducido por glaucoma avanzado o retinosis es más difícil de revertir, aunque admite valoración individualizada.
La epilepsia requiere un periodo acreditado sin crisis y un informe neurológico favorable; una vez cumplido, lo habitual es el apto con vigencia reducida. El consumo activo de alcohol u otras sustancias exige acreditar abstinencia y seguimiento. Las alteraciones cognitivas son las de pronóstico más delicado, porque suelen ser progresivas. Y una ejecución muy pobre en el polirreactígrafo es, paradójicamente, la causa más fácil de corregir: casi siempre basta con repetir con calma. Tienes el detalle por patologías en la guía de enfermedades y medicación al volante.
Errores que conviene evitar
- Ir de centro en centro sin cambiar nada. Repetir el reconocimiento sin nuevos informes ni haber corregido la causa suele dar el mismo resultado y solo suma gastos.
- Ocultar la patología en el siguiente intento. Además de invalidar el informe, puede dejarte sin cobertura del seguro ante un siniestro.
- Dejar pasar el mes de plazo del recurso de alzada confiando en resolverlo por vía informal con el centro.
- Seguir conduciendo con el permiso ya caducado mientras se resuelve el expediente.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto tarda en llegar el informe a la DGT?
El centro lo remite telemáticamente en el acto y en tu presencia. La DGT lo recibe en horas, y la renovación solo se habilita si el informe es apto o apto con restricciones.
¿Puedo ir a otro centro a repetir el psicotécnico?
Sí, puedes acudir a cualquier otro CRC autorizado. Tiene sentido si sospechas un error o si has corregido la causa, pero si el motivo es una condición médica objetiva el resultado será el mismo hasta que mejores o aportes informes complementarios.
¿Cuál es el plazo real para recurrir un no apto?
Un mes desde el día siguiente a la notificación de la resolución denegatoria, mediante recurso de alzada ante la Jefatura Provincial de Tráfico, según el artículo 122 de la Ley 39/2015. Antes de recurrir puedes pedir una segunda valoración en otro centro y aportar informes de tu especialista, que suele ser la vía más rápida.
¿Pierdo los puntos del carnet por un no apto?
No. El no apto impide renovar u obtener el permiso, pero no es una sanción y no descuenta puntos ni consta como infracción. Los puntos se gestionan por una vía distinta que explicamos en el permiso por puntos.
¿Me retiran el carnet que ya tengo?
No mientras siga en vigor. El informe desfavorable bloquea la renovación, pero no anula el permiso vigente, así que puedes seguir conduciendo hasta su fecha de caducidad y aprovechar ese margen para reunir informes o pedir una segunda valoración.
¿Qué pasa si conduzco con el carnet caducado tras un no apto?
Conducir con el permiso caducado es una infracción sancionada con 200 €, sin pérdida de puntos. Distinto y mucho más grave es hacerlo cuando el permiso ha sido retirado o nunca se obtuvo, supuesto que puede constituir delito contra la seguridad vial del artículo 384 del Código Penal.
Vuelve al índice de guías del psicotécnico, revisa los códigos de restricción y consulta contacto si necesitas orientación.