Informe de aptitud psicofísica del carnet
Cuando pasas el psicotécnico, el médico del Centro de Reconocimiento emite el informe de aptitud psicofísica. Es el documento que autoriza (o deniega) la renovación u obtención del permiso de conducir. Desde 2014 se tramita de forma telemática: no necesitas llevarlo en papel a la Jefatura de Tráfico.
Qué contiene el informe
Incluye el resultado global (apto, apto con restricciones o no apto), los códigos armonizados aplicables —por ejemplo el 01 para la corrección visual—, la fecha de emisión, el periodo de vigencia propuesto para el permiso y los datos identificativos del centro y del facultativo que lo firma. Si hay restricciones, figuran en la casilla correspondiente y se trasladan después al permiso físico.
Ese periodo de vigencia propuesto es la parte que más sorprende. El médico no solo dice si eres apto: también puede recortar la duración del permiso cuando detecta una condición susceptible de agravarse. En lugar de los diez años estándar puede proponer cuatro, tres, dos o un año, con la ventaja de que la tasa de la DGT se reduce proporcionalmente (19,67 €, 14,75 €, 9,83 € y 4,92 € frente a los 24,58 € habituales).
El marco legal que regula estos centros y el contenido del informe es el Real Decreto 170/2010, que aprueba el Reglamento de los centros de reconocimiento destinados a verificar las aptitudes psicofísicas de los conductores, junto con el Anexo IV del Real Decreto 818/2009, que fija las aptitudes exigidas.
Validez: 90 días hábiles
El informe favorable tiene una validez de 90 días hábiles desde su expedición para completar la tramitación en la DGT, según indica la propia sede electrónica. Es un matiz relevante: al contarse en días hábiles y excluirse sábados, domingos y festivos, el plazo real supera los cuatro meses de calendario, bastante más de lo que sugiere hablar de «tres meses».
Si el informe caduca sin haber completado el trámite, hay que repetir el reconocimiento completo y volver a pagarlo. Por eso no conviene adelantarlo mucho: lo lógico es hacerlo cuando ya vas a renovar de verdad. Ten en cuenta además que la solicitud de renovación solo puede presentarse desde tres meses antes de la caducidad del permiso, así que hacer el reconocimiento con seis meses de antelación no te adelanta nada.
Puedes planificar las fechas con la calculadora de caducidad y revisar la documentación necesaria para renovar antes de pedir cita.
Envío telemático a la DGT
El centro remite el informe electrónicamente al sistema de la DGT en el momento del reconocimiento y en presencia del interesado: así lo exige la normativa, y las únicas excepciones admitidas son incidencias informáticas o que la propia DGT solicite un reenvío posterior. No tienes que llevar nada en papel a la Jefatura de Tráfico.
Cuando accedes a la sede electrónica para renovar, el sistema comprueba automáticamente si existe un informe favorable en vigor vinculado a tu DNI o NIE. Si el resultado fue no apto, la sede no te dejará continuar el trámite ni adquirir la tasa. Muchos centros, además, están habilitados para gestionar la renovación completa en la misma cita, incluida la foto, el cobro de la tasa y la entrega de la autorización provisional.
Conviene pedir y guardar el justificante del centro. Es tu única prueba de que el reconocimiento se realizó y con qué resultado, y resulta imprescindible si más adelante hay que reclamar por una incidencia en el envío.
Apto con restricciones: qué significa
No equivale a un rechazo. Puedes conducir con normalidad siempre que cumplas las condiciones indicadas mediante códigos numéricos. El más común con diferencia es el 01, que obliga a usar gafas o lentillas al volante; también son frecuentes el 78 (vehículos de transmisión automática) y los códigos de adaptación de mandos. Incumplir la restricción anotada es una infracción grave sancionada con 200 €.
Las restricciones se revisan en cada renovación, de modo que no son necesariamente permanentes: si corriges la causa —por ejemplo con cirugía refractiva— pueden desaparecer del siguiente permiso. Tienes el listado completo en la guía de códigos y restricciones del carnet.
Si el informe es no apto
Un resultado desfavorable bloquea la renovación, pero no anula el permiso que ya tienes mientras siga en vigor. Dispones de tres vías: pedir una segunda valoración en otro centro autorizado, aportar informes de tu especialista que acrediten que la condición está controlada, o interponer recurso de alzada en el plazo de un mes desde la notificación. Lo detallamos en la guía sobre qué hacer ante un no apto.
Preguntas frecuentes
¿Necesito imprimir el informe para la DGT?
No en la renovación ordinaria, porque el centro lo envía telemáticamente en el acto. Guarda de todos modos el justificante que te entregue el centro: es tu prueba de que el reconocimiento se realizó, por si hay que reclamar una incidencia en el envío.
¿Cuánto dura la validez del informe de aptitud psicofísica?
90 días hábiles desde su expedición, según la sede electrónica de la DGT. Al excluirse sábados, domingos y festivos, el plazo real supera los cuatro meses de calendario. Si caduca, hay que repetir el reconocimiento y pagarlo de nuevo.
¿Puedo renovar el carnet si el informe tiene restricciones nuevas?
Sí. Las restricciones se incorporan automáticamente al nuevo permiso y debes cumplirlas desde el primer día: si aparece el código 01, tienes que conducir siempre con tu corrección visual. Incumplirlo es una infracción grave con multa de 200 €.
¿Por qué me han dado menos años de vigencia?
Porque el médico ha apreciado una condición que conviene revisar antes del plazo ordinario. No es una sanción y permite seguir conduciendo con normalidad; además, la tasa de la DGT se reduce de forma proporcional al periodo concedido.
¿Qué hago si el informe es no apto?
Puedes solicitar una segunda valoración en otro CRC autorizado, aportar informes de tu especialista o presentar recurso de alzada en el plazo de un mes. Consulta la guía no apto: qué hacer con el detalle de cada vía.
¿Cuánto cuesta obtener el informe?
Está incluido en la tarifa del reconocimiento que cobra el centro, entre 30 € y 80 € según la ciudad, a lo que se suma la tasa DGT 4.3 de 24,58 €. El total habitual va de 55 € a 105 €: consulta el desglose en la página de precios.
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